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Nacionalidad española en dos años: la vía preferente para colombianos

Mientras el régimen general exige diez años de residencia, los nacionales de países iberoamericanos como Colombia pueden solicitar la nacionalidad española tras solo dos. Esa diferencia cambia la planeación de una mudanza y de una compra de vivienda.

La regla: dos años en lugar de diez

El artículo 22 del Código Civil español fija en diez años la residencia necesaria para pedir la nacionalidad, pero reduce el plazo a dos años para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y para los sefardíes. Colombia está incluida, de modo que un colombiano que viva legalmente en España puede presentar la solicitud tras dos años.

La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Interrupciones largas o periodos en situación irregular reinician el conteo, así que conviene planear el calendario con cuidado.

Qué cuenta como residencia legal

Cuentan, en general, los periodos con autorización de residencia: permisos de trabajo, residencia por reagrupación, residencia no lucrativa o autorizaciones de arraigo, entre otros. Las estancias por estudios suelen recibir un tratamiento distinto y normalmente no computan igual, por lo que un estudiante debe verificar su caso con un especialista en extranjería antes de hacer cuentas.

El tiempo como turista tampoco computa. Los colombianos pueden entrar a España sin visado para estancias cortas desde diciembre de 2015, pero esa exención es de viaje, no de residencia.

Los demás requisitos

Además del tiempo, el solicitante debe acreditar buena conducta cívica, normalmente con antecedentes penales de Colombia apostillados, y un grado suficiente de integración. La integración se demuestra sobre todo con el examen CCSE del Instituto Cervantes sobre la Constitución y la vida en España. Como hispanohablante, un colombiano está exento de la prueba de idioma DELE.

Una ventaja adicional: el convenio de doble nacionalidad entre Colombia y España, vigente desde 1980, permite en la práctica conservar la nacionalidad colombiana al adquirir la española. Verifique los detalles de su caso con el consulado o un abogado, pero para la mayoría de los colombianos no se trata de elegir entre pasaportes.

Qué significa para su compra de vivienda

El plazo de dos años invita a una estrategia distinta a la del comprador a distancia. Muchos colombianos que planean mudarse prefieren alquilar durante el primer año o los dos primeros, consolidar ingresos en euros y comprar después como residentes, con acceso a porcentajes de financiación normalmente más altos y a más bancos.

Otros compran antes de mudarse, como no residentes, para asegurar una propiedad concreta o aprovechar un momento del mercado. Es viable, pero exige más cuota inicial y una preparación documental más exigente. Ninguna de las dos rutas es mejor en abstracto: depende de sus tiempos, su empleo y su exposición cambiaria.

Nacionalidad, residencia fiscal e hipoteca

Para el banco, lo determinante es dónde vive usted y en qué moneda gana. Al mudarse a España pasará en algún momento a ser residente fiscal, con efectos en impuestos sobre renta mundial y en cómo el banco evalúa su capacidad de pago. Una compra bien planeada coordina la fecha de la mudanza, el cambio de residencia fiscal y la solicitud de la hipoteca en el orden correcto.

Checklist práctico

  • Confirme que su permiso de residencia computa para el plazo de dos años.
  • Reúna antecedentes penales colombianos apostillados y vigentes.
  • Inscríbase al examen CCSE con anticipación: las plazas se agotan.
  • Decida si compra como no residente ahora o como residente después: cambia la financiación.
  • Coordine mudanza, residencia fiscal y solicitud hipotecaria en el orden correcto.
  • Pida una revisión de viabilidad antes de firmar cualquier compromiso.

Referencias oficiales

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Esta guía es información general, no asesoría legal, migratoria, financiera ni tributaria personalizada. Los requisitos de nacionalidad dependen de la normativa vigente y de la autoridad competente. La disponibilidad de una hipoteca está sujeta a estudio, avalúo y criterios del banco.